La Confederación de Empresarios de Cuenca ha compartido con sus empresas la publicación de la Orden por la que se desarrollan estas bases y tipos en aspectos como la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional.
CEOE CEPYME Cuenca señala a sus empresarios las nuevas normas legales de cotización para el año 2024 tal y como han sido publicadas por el Boletín Oficial del Estado el pasado 28 de marzo.
De este modo se explican los tipos y bases para la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el presente ejercicio.
En el régimen general se establecen el tope máximo de cotización para 2024 en 4.720,50 euros mensuales y en cuanto a los tipos de cotización del régimen general no existen modificaciones respecto de los aplicables en 2024, salvo en lo que respecta al Mecanismo de Equidad Intergeneracional.
En este caso el MEI será del 0,70% siendo, siendo el 0,58 a cargo de la empresa y el 0,12% a cago del trabajador que se aplica sobre la base de cotización de contingencias comunes.
Tipos de cotización
Seguirá igual al tipo de contingencias comunes, al 28,30%, siendo el 23,60% a cargo de la empresa y el 4,70% a cargo del trabajador, mientras que las horas extraordinarias por fuerza mayor serán del 14%, 12% a cargo de la empresa y 2% por el trabajador.
En cuanto al desempleo, la contratación indefinida tendrá un tipo del 7,05%, del que el 5,5% será a cargo de la empresa y el 1,55% por cuenta del trabajador, siendo la temporal del 8,30%, con el 6,70% a cargo de la empresa y el 1,60% a cargo del trabajador, siendo el Fondo de Garantía Salarial del 0,20%, todo a cargo de la empresa y el de formación profesional del 0,70%, siendo el 0,10% a cargo del trabajador.
En cuanto a las bases mínimas en el régimen general, es sitúa en 1.323 euros, teniendo una cotización adicional de 31,22 euros a cago del empresario a la finalización del contrato en aquellos con duración inferior a 30 días.
En las prácticas formativas no remuneradas, consistirá en 2,67 euros por contingencia común excluida la prestación de incapacidad temporal y del 0,33 euros por contingencia profesional, siendo el tope de la primera de 60,76 euros y de la segunda de 7,38 euros.