La Confederación de Empresarios de Cuenca, con la colaboración de Eurocaja Rural, ha trasladado estas variaciones a las empresas que podrán presentar la solicitud hasta el próximo 31 de marzo de 2025.
CEOE CEPYME Cuenca avisa a las empresas de la modificación de la convocatoria de Ayudas Adelante Inversión por parte de la Consejería de Economía y Empresas y Empleo, que cuentan con financiación el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
De este modo, con la colaboración de Eurocaja Rural, se han traslado estas variaciones a las empresas asociadas con el fin de que las puedan presentar su solicitud antes de la fecha límite del 31 de marzo de 2025.
La principal novedad es que en el artículo 9 de incompatibilidad la organización empresarial recuerda que las ayudas de esta orden serán compatibles con otros ingresos y recursos, que se otorguen con la misma finalidad proceden de cualquier administración y podrán acumularse siempre que esta suma no supere los límites especificados en el mapa español de ayudas para el período 2022-2027.
El importe de la ayuda en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste total del proyecto, ni aisladamente ni en concurrencia con otras administraciones o entes públicos, y se le añade que si se supera procederá la pérdida del derecho al cobro del exceso obtenido sobre el ´mite establecido.
Del mismo modo, esta orden tendrá efectos retroactivos, extendiendo su aplicación a las actividades presentadas en virtud de la disposición adicional cuarta y disposición transitoria de la orden 125/2024 de 22 de julio.
Importe y ejecución
El importe de las ayudas será de un 28% de la inversión subvencionable cuando el beneficiario sea una microempresa o una pequeña empresa y un 18% cuando sea una mediana empresa.
Además, se establecerá una subvención adicional del 2% para los proyectos promovidos por pymes en sector vinculados a las prioridades sectoriales de la Estrategia Regional de Especialización Inteligente S3 de Castilla-La Mancha y en cuanto a la creación de empleo, se sumará un 0,5% adicional por cada puesto de trabajo a jornada completa o un porcentaje proporcional a tiempo parcial sin que el total pueda exceder del 10%:
En todo caso, el importe de la subvención a percibir por la entidad beneficiaria no podrá superar el límite máximo de 400.000 euros.
El proyecto deberá ejecutarse como mucho en veinticuatro meses desde contar desde el día siguiente a su notificación y respecto a los de cuantía superior a 300.000 euros, las actuaciones no podrán iniciarse hasta la que correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo no haya comprobado este extremo y ha levantado, en su caso, el correspondiente acta de no inicio.