Una pareja de Guadalajara consigue cancelar las deudas justificando no tener ingresos para pagarlas ya que la inestabilidad en sus ingresos le impidió afrontar las cuotas mensuales de sus préstamos y tarjetas de crédito.
El Juzgado de Primera Instancia N.º 4 de Guadalajara ha resuelto concediendo la exoneración del 100% de sus obligaciones de pago.
El deudor, que se encuentra en una difícil situación económica, ha manifestado su preocupación por el constante aumento de su deuda debido a los problemas financieros que enfrenta. Siendo trabajador por cuenta ajena, recibe un salario muy bajo que no le alcanza para cubrir sus necesidades básicas, lo que lo ha obligado a solicitar préstamos para afrontar los gastos diarios.
Desafortunadamente, el recurrir a estos préstamos ha provocado un incremento considerable de su deuda, ya que los intereses asociados han crecido de forma significativa, lo que ha complicado aún más su capacidad para saldar el total adeudado.
En 2023 conoció de la existencia de la Ley de Segunda Oportunidad, aprobada en 2015, gracias a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad especializada en este tipo de procesos. Tras estudiar su caso, los abogados de la entidad le aconsejaron declararse insolvente e iniciar los trámites.
Cómo conseguir el perdón de todo y paralizar embargos
Jose Domínguez, letrado de la Asociación, detalla la situación en España: “La situación del deudor refleja una problemática que afecta a muchos trabajadores en condiciones laborales precarias, quienes, al no recibir una compensación justa por su esfuerzo, deben recurrir a fuentes externas de financiamiento para sobrevivir, lo que genera un círculo vicioso de endeudamiento. La creciente presión económica, sumada a los intereses derivados de los préstamos solicitados, ha empeorado la estabilidad financiera del afectado, quien sigue buscando una solución viable para superar esta crisis..
Con esta seguridad, se elabora y presenta la demanda de concurso. En ella, se acredita cuál es la situación del deudor dando todo tipo de detalles: ingresos, bienes en propiedad, delitos, deudas, acreedores.
En este caso, se justificó la inexistencia de bienes para liquidar. Tan solo disponían de un coche con reserva de dominio que sí llevaban al día de pagos. Esto pues quedaba “fuera” del concurso.
Por último, los letrados se encargan de pedir la exoneración de la totalidad de las deudas aportando la documentación necesaria.
Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad para condonar el total de las deudas
Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.
Una vez comprobadas estas condiciones, el juez encargado del presente caso dictó esta resolución definitiva el 18 de febrero de 2025 concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) dejando libre a este deudor libre de pagar 13.765 euros.
Desde entonces, los acreedores del asociado -entre otros Sabadell o Santander- no podrán reclamar ningún pago más al ya ex-deudor ni incluirlo en ficheros de morosos.