Novedosa historia la que se nos presenta en el día de hoy. Este sacerdote, destinado en la primera década de los 2000 como capellán militar en San Fernando, Cádiz, nunca imaginó que pasaría por una etapa de insolvencia. Contando con una nómina que le permitía ahorrar e incluso comprar una vivienda, vivió un problema personal que le obligó a trasladarse a Guadalajara.
Con este traslado su cargo cambió y sus ingresos mensuales se redujeron considerablemente. Solicitó algunos préstamos adicionales para tener al día la hipoteca de su casa. El no mejorar los ingresos proporcionados por el obispado y, a pesar de la ayuda recibida por sus amigos y allegados, provocó un importante bucle del que le era imposible salir.
En ese momento, se encontró con una deuda total de 200.000 euros y una cuota mensual incompatible con el resto de gastos. El intento de entregar como dación en pago la vivienda no fue del todo útil, ya que sólo liquidó el préstamo hipotecario y no el resto de créditos solicitados para su vehículo o modo personal.
Tras el comienzo de la pandemia, se vio obligado a buscar algún tipo de salida y respiro financiero. Contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad formada por abogados especializados en la llamada “Ley de la Segunda Oportunidad”. Tras el estudio del caso, los letrados comprobaron que cumplían todos los requisitos necesarios y aconsejaron a los deudores acogerse al procedimiento.
Pasos para conseguir la exoneración de las deudas
Fran Bautista, abogado de la Asociación, detalla cómo fue el inicio del proceso: “El primer objetivo es intentar un acuerdo con todos los acreedores. El preconcurso de acreedores da inicio a esta fase y otorga un importante respiro al asociado que no debe pagar nada a nadie y, además, está protegido ante embargos”.
Teniendo en cuenta la situación económica del asociado se presenta un intento de acuerdo con las financieras. En este caso, se propone una quita del 90% del total de la deuda a pagar en los próximos 10 años. Estos desde un primer momento se mostraron reacios a negociar, y así lo demostraron rechazando tal propuesta.
Daba paso entonces a la segunda, y última, fase del proceso. Habiendo demostrado la buena fe del deudor para abonar parte de la deuda obtiene la potestad de solicitar la exoneración de la cuantía total. Esto fue concedido por el Juzgado de Primera Instancia N.º 4 de Guadalajara el pasado 14 de julio.
Qué requisitos se han de cumplir para tramitar la Ley de la Segunda Oportunidad
No todo el mundo puede acogerse al procedimiento, siendo obligatorio algunos requisitos. Estos son: la insolvencia del interesado, que la cuantía global de la deuda no supere los cinco millones de euros, el intento de un acuerdo de pagos y, por supuesto, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos. Todo esto se resume en que el solicitante sea un deudor “de buena fe”.
Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la resolución definitiva concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar al asociado libre de los 71.241,22 euros.
Esta sentencia deja sin cobrar absolutamente nada a los acreedores del asociado -entre ellos Santander, Caixabank, Wizink o Bankinter- y permite a los ex-deudor solicitar la exclusión de todo fichero de morosidad.
Ya son 70 las exoneraciones de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que llevamos de 2022. Todas estas sentencias son de acceso libre en la web de la Asociación.