Los conventos y monasterios abundan en nuestra geografía, siendo sus restos visibles, en algunos casos, y con peor fortuna de conservación, en otros. Uno de esos edificios de los que podemos contemplar aún buena parte de una valiosa arquitectura del siglo XVI es el Rosal, en Priego (Cuenca).
Su existencia se debió a la última e postrimera voluntad de su fundador, don Hurtado de Mendoza, quien, otorgó testamento el 9 de noviembre de 1525 ante el notario apostólico, Alfonso de Mena y Alfonso Pérez, escribano del rey. En este documento, del que se conserva traslado notarial de determinadas cláusulas en el Archivo Histórico de Cuenca, se puso de manifiesto aquella voluntad de fundar el monasterio. Además, quiso el testador establecer dónde deseaba ser enterrado, qué monjas ocuparían su fundación monacal y qué rentas y bienes dejaría a las religiosas del Rosal, de la Orden de la Concepción Franciscana.
Así, el testamento se otorgó en Valdeolivas, en las casas de morada del dicho señor don Hurtado de Mendoza, a nuebe días del mes de noviembre de mill e quinientos e veinte e çinco años.
Y así se dio inicio a aquel valioso testamento:
Yo, don Urtado de Mendoza, hijo de don Pedro Carrillo Hurtado de Mendoza e doña María de Quiñones, difuntos, que Dios haia, señores de las villas de Priego e Cañaberas, conociendo que todos los que en este mundo vibimos somos humanos y tenemos flaquezas en nuestras personas, y habemos de morir, e no sabemos la ora, y decaemos infinitas veces de nuestros sentidos, y por ello nuestras ánimas están y reziuen infinitas vezes detrimento, porque los cuerpos no son en sí.
Y conociendo todas estas flaquezas y otros muchos peligros y lazos que el enemigo malo nos tiene preparados en que caigamos, acordé de ordenar y hazer este mi testamento, el qual hago y ordeno estando sano de mi cuerpo, y mucho más de mi entendimiento, tal qual Dios Nuestro Señor me lo quiso dar…
En la segunda cláusula, Hurtado de Mendoza manifestó cómo quería ser enterrado, algo que se hacía en la inmensa mayoría de testamentos. Y así dictó los detalles de su sepultura en el edificio del monasterio fundado por él:
Ytem, mando que mi cuerpo sea sepultado en el monasterio que hago, en Nuestra Señora Santa María del Rosal, extramuros de la villa de Priego, en la parte del evangelio, en el Coro de la dicha yglesia, y que la sepultura donde me hubieren de enterrar sea llana, y sea en esta manera: que sea conocido cómo yo estoy en ella metido, en la pared, porque no haga estorbo en la yglesia. Y esto dejo a la determinación de mis albaceas.
El fundador sabía que no vería finalizar la obra del edificio, algo lógico por la duración de ésta, de manera que debía dejar estipulado qué bienes se usarían en los gastos ocasionados en la ejecución del monasterio y qué orden religiosa debía ocuparlo. Así, en la cláusula tercera se lee:
Ytem, mando que un monesterio que yo tengo ynprincipiado en Nuestra Señora del Rosal, hermita extramuros de la villa de Priego, se acabe de mis vienes, para que en él estén monjas que tomen la Orden de la Concepción, y haia en él las monjas que se pudieren substentar, con la renta que yo les dejo.
En las fundaciones, no solo se ocupaban de los gastos de las obras, sino que se dejaban determinadas rentas para que la comunidad religiosa pudiera salir adelante, junto con otros bienes que en los años sucesivos irían reuniendo, producto, sobre todo, de donaciones de particulares.
Unos de aquellos bienes fueron unos molinos y dos cerdos, que quedaron bien detallados en la cláusula cuarta:
Ytem, dejo para el dicho monasterio los molinos de la Puente de Alcocer, que están en término de Santaber, aldea de Huete, que rinden ciento y ochenta fanegas de trigo, y dos puercos.
Estos molinos farineros estaban sobre el río Guadiela fondón de la Puente de la villa de Alcocer, en término de Santaber. Y ya en el año 1442 fueron vendidos por Garci López de Heredia en preçio de çiento çinquenta mill mavaredís, de la moneda corrible en Castilla, que dos blancas viejas hacían un maravedí. El 15 de enero de 1519, Diego Hurtado de Mendoza, duque del Infantado, otorgó escritura de venta de los molinos a favor de su primo, don Hurtado de Mendoza, cura de Zaorejas; y por su muerte recayeron en María Pimentel, duquesa del Infantado, de quien los heredó su marido, el precitado Diego Hurtado de Mendoza, y don Hurtado de Mendoza fue quien, finalmente, entregó los molinos al monasterio, entre otros bienes.
Además, en la última cláusula relativa al monasterio, quedó éste como heredero universal:
Ytem, dejo por mi unibersal heredero al dicho monasterio de Nuestra Señora del Rosal, extramuros de la villa de Priego, que ansí mando hacer, para que el dicho monasterio haia y herede todos mis vienes, e se cumpla lo que dicho tengo.
E quiero que este sea mi testamento e postrimera voluntad, e que vala por testamento, e si no baliere por testamento que valga por codezillo (codicilo), y por mi última e postrimera voluntad. E quiero y es mi voluntad que, si otro testamento hiciere, que no vala, si en él no hiciere expresa mención de éste, e pusiere en el otro el Credo enteramente.
Este monasterio tuvo una larga existencia y dio lugar a una valiosísima documentación que, en su inmensa mayoría, se conserva en el Archivo Histórico de Cuenca, para quienes deseen profundizar en el devenir secular de esta fundación monacal.
Por Mª de la Almudena Serrano Mota. Directora del Archivo Histórico Provincial de Cuenca
Interesante artículo. Investigar el pasado nos lleva a su conocimiento y disfrute. Gracias Almudena