La Confederación de Empresarios de Cuenca indica la orden del a Consejería de Economía, Empresas y Empleo para mejorar la productividad empresarial en Castilla-La Mancha.
CEOE CEPYME Cuenca reseña la puesta en marcha por parte del Gobierno de Castilla-La Mancha del Programa Adelante Inversión para el fomento de la inversión y la mejora de la productividad empresarial en Castilla-La Mancha, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Estas ayudas se tramitan en régimen de concurrencia simplificada, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
Esta línea está dirigida a las pymes que quieren llevar a cabo una inversión que quieran llevara cabo una inversión en un centro establecido en Castilla-La Mancha.
La solicitud puede presentarse hasta el 31 de marzo del año próximo a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, www.jccm.es.
El plazo para resolver y notificar esta resolución será de seis meses a contar desde la fecha en la que la solicitud haya entrado en el registro, entendiéndose el silencio administrativo como una desestimación.
Importe y ejecución
El importe de las ayudas será de un 28% de la inversión subvencionable cuando el beneficiario sea una microempresa o una pequeña empresa y un 18% cuando sea una mediana empresa.
Además, se establecerá una subvención adicional del 2% para los proyectos promovidos por pymes en sector vinculados a las prioridades sectoriales de la Estrategia Regional de Especialización Inteligente S3 de Castilla-La Mancha.
En cuanto a la creación de empleo, se sumará un 0,5% adicional por cada puesto de trabajo a jornada completa o un porcentaje proporcional a tiempo parcial sin que el total pueda exceder del 10%:
En todo caso, el importe de la subvención a percibir por la entidad beneficiaria no podrá superar el límite máximo de 400.000 euros.
El proyecto deberá ejecutarse como mucho en veinticuatro meses desde contar desde el día siguiente a su notificación y respecto a los de cuantía superior a 300.000 euros, las actuaciones no podrán iniciarse hasta la que correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo no haya comprobado este extremo y ha levantado en su caso, el correspondiente acta de no inicio.