Los Archivos Históricos Provinciales se crearon en noviembre de 1931, aunque las circunstancias para establecerlo en las diferentes provincias condicionaron las fechas de creación. El 18 de diciembre de 1948, mediante Orden del Ministerio de Educación Nacional, se creó el Archivo Histórico Provincial de Cuenca, siendo publicada la Orden ministerial en el Boletín Oficial del Estado de 11 de enero de 1949:
A propuesta del Patronato de Archivos, Bibliotecas y Museos de Cuenca, que ha reunido e instalado en las mejores condiciones posibles 1.975 legajos de protocolos y otros documentos históricos de aquella provincia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto de Ordenación del Tesoro Bibliográfico y Documental, de 24 de julio de 1947, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Primero. Se crea en la ciudad de Cuenca el Archivo Histórico Provincial, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto de 24 de julio de 1947.
Este importante centro, del que se ha cumplido el 75 aniversario de su creación, está gestionado por la Viceconsejería de Cultura y Deportes de Castilla – La Mancha, correspondiendo la titularidad al Ministerio de Cultura.
Los fondos documentales han ido ingresando según avanzaban los años y tal y como ha ido estableciendo la legislación, hasta llegar a hoy en que se conserva documentación muy variada: Notarial, Judicial, Registral, Administración periférica del Estado, Administración periférica de Castilla – La Mancha, Administración local, Administración institucional, Administración corporativa, Archivos privados, Colecciones y una Biblioteca especializada.
Desde su inicio, este servicio público ocupó diferentes espacios. En un primer momento, quedó instalado en la Casa del Corregidor, edificio que también alojó al Juzgado de Primera Instancia de Cuenca. Aquel lugar no reunía unas mínimas condiciones para la conservación de la documentación notarial, que fue la base de su creación: la custodia de los protocolos notariales.
Más tarde, el Ayuntamiento de la ciudad, cedió otro inmueble, situado en la calle obispo Valero; y, finalmente, en el año 1964, se trasladó a la Casa de la Cultura, hoy Biblioteca Pública, donde permaneció compartiendo personal e instalaciones hasta el año 1990, en que comenzó el traslado de la documentación a la nueva sede: el edificio rehabilitado que, anteriormente, fue Castillo, Inquisición, Cuartel y Cárcel. El inmueble rehabilitado quedó inaugurado el 6 de mayo de 1991.
De los documentos que se conservan en este centro, habiéndose cumplido el 75 aniversario de la creación del Archivo, en tan feliz aniversario, se muestra en este artículo el traslado notarial de la Real cédula, otorgada por Felipe II, en la que cedió el solar en el que estuvo el Castillo de Cuenca al Tribunal de la Inquisición, con el fin de que se construyesen en él sus casas. Este edificio construido entre finales del siglo XVI y principios del siglo XVII será el que, siglos más tarde, se destine a Archivo Histórico de la ciudad, una vez rehabilitado entre los años 1985-1990.
En el año 1573, Felipe II nombró al Cardenal Gaspar de Quiroga Inquisidor General y esta designación fue el paso decisivo para la construcción del nuevo edificio, en el solar del antiguo Castillo de Cuenca. Quiroga pidió al rey que cediese el solar que quedaba de lo que fue el Castillo de la ciudad, del que apenas estaban en pie las murallas y algunos materiales. Así, el 30 de septiembre 1574, en Madrid, tuvo lugar la donación del edificio al Tribunal de Cuenca por parte de Felipe II: Vuestra Majestad da lizenzia al inquisidor general para que en un castillo de Cuenca pueda edificar casas de inquisición, y si fuera menester derrivarlas para castillo, lo aga.
La donación se efectuó en los siguientes términos:
El rey. Por quanto vos, el reverendo in Christo, padre obispo de Cuenca, de el nuestro Consejo de Estado, inquisidor general contra la erética pravedad y apostasía, en los nuestros reynos y señoríos, nos a sido hecha relación que por no haver casas de inquisición en la ciudad de Cuenca en que se pueda ejercer el Santo Oficio de ella, se hace en casas alquiladas, y que ay gran necesidad de que las tenga propias, y que éstas se podrían hacer y edificar en el castillo que en la dicha ciudad mandaron derrocar los cathólicos reyes, don Fernando y doña Ysavel, mis visabuelos y señores, que santa gloria ayan, donde ay sitio y dispusición para se hacer, sin perjuicio de nadie, por no servir de ninguna cosa.
Suplicándonos fuésemos servidos de dar licencia para ello, o como la nuestra merced fuese, y porque cierta información que por nuestro mandado hubo el nuestro corregidor de la dicha ciudad, que juntamente con su parecer ante algunos de el nuestro Consejo fue presentada.
Parece ser así, como en vuestra relación se contiene, y que en el dicho sitio no ay otro edificio, si no es algunas paredes que están para caerse, que no sirven de cosa alguna, y que de hacerse en él las dichas casas de inquisición ningún daño, perjuicio ni inconveniente se sigue a aquella ciudad ni a otra ninguna persona, antes autoridad, ornato y utilidad, y que nos podemos dar la dicha lizencia.
Nos, acordando lo susodicho, lo havemos tenido por bien, y por la presente damos lizencia a vos, el dicho inquisidor general, para que podáis edificar y labrar las dichas casas de inquisición, según que como mejor os pareciese para el ejercicio de el dicho Santo Oficio, en el sitio de dicho castillo que así está derrocado, con condición que siempre que nos, o los reyes nuestros subcesores en estos reynos quisiéremos o quisieren reedificar el dicho castillo, lo podamos y puedan hazer, y derribar las dichas casas, si para la dicha reedificación fuere menester, sin embargo de esta nuestra zédula, la qual mandamos al conzejo, justicia, rejidores, cavalleros, escuderos, oficiales y hombres buenos de la dicha ciudad de Cuenca, y a otras qualesquier personas a quien el cumplimiento de lo en ella contenido toca, que la guarden y cumplan según y cómo en ella se contiene, y contra ella no hayan, ni pasen, ni consientan ir ni pasar por alguna manera, antes den el favor y ayuda que para labrar y hacer las dichas casas de inquisición fuere menester, que así es mi voluntad.
El notario añadió en su traslado: Y en ejecución de lo mandado en dicho decreto y pedido en dicha petición reconocí el cuaderno que se intitula: Cuaderno con la zédula real de Su Majestad del rey Don Phelipe segundo, en que hace gracia del sitio del castillo de la ciudad de Cuenca al Santo Oficio de la Inquisición, para que en él labre sus casas, y otras cartas del Consejo y papeles a ello tocantes, el qual está cosido y tiene noventa y nuebe fojas.
Este meritorio documento, conservado entre la abundante documentación notarial del Archivo, es inestimable en la trayectoria histórica del inmueble ocupado hoy por el Archivo Histórico de Cuenca.
Por Mª de la Almudena Serrano Mota, directora del Archivo Histórico de Cuenca.