La Asociación de Ayuda al Endeudamiento se ha encargado de cancelar los 275.000 euros que debían este matrimonio incluyendo en la sentencia las deudas de Derecho Público.
A pesar de su oposición, el Juzgado de Primera Instancia N.º 4 de Guadalajara no ha dudado en inadmitir los recursos interpuestos por la Agencia Tributaria y el Ayuntamiento de Madrid.
El proceso se ha llevado a cabo por la Asociación aplicando la conocida “Ley de la Segunda Oportunidad” en menos de un año de duración.
Autónomos, sin ingresos y embargados por Hacienda, ahora empieza de cero sin deudas
El declive de la situación económica sigue haciéndose notar, aunque en casos como estos con esperanzador desenlace. Este matrimonio de Guadalajara se quedó tan solo con sus ingresos por pensión. Desde 2013 y 2019 ambos cónyuges perdieron sus trabajos y, debido a su edad, se les hacía muy difícil encontrar otra oportunidad laboral.
Esto se acentuó con la llegada del Covid-19, cuando su situación cayó en picado. Durante un tiempo tiraron de ahorros para no caer en impagos, pero todo tiene un límite. Además, las deudas que tenían con la Agencia Tributaria y Ayuntamiento de Madrid suponían un riesgo importante de embargo.
Con casi 300.000 euros pendientes, contactaron con los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, especializados en la llamada “Ley de la Segunda Oportunidad”, procedimiento que permite la cancelación de deudas por resolución judicial desde 2015. Fue ahí cuando decidieron dar el paso de acogerse a esta novedosa Ley.
Fran Bautista, abogado de la Asociación, detalla cómo disipó la principal duda de los deudores: el perdón de la deuda pública. “la nueva reforma concursal refleja claramente la inclusión de la deuda pública en el procedimiento de liberación de deudas, si no, no hablaríamos de una verdadera ‘segunda oportunidad’”.
Paso a paso: perdón de las deudas a pesar de la oposición de los entes públicos
Teniendo como objetivo la declaración de concurso de acreedores, los abogados de la Asociación presentaron un “preconcurso de acreedores”. Con esto, como bien detalla Bautista: “se comunica la insolvencia de los asociados, suspendiendo la obligación pago y evitando que se inicie un embargo sobre los mismos”
Tras esto, el intento por llegar a un acuerdo con todas las entidades no salió adelante. “Debido a la poca prosperidad de estos acuerdos, este trámite ha pasado a ser no obligatorio. Con la nueva reforma concursal, que entró en vigor el pasado 26 de septiembre, el proceso logra ser más rápido y menos costoso para los deudores” señala el letrado.
Esto es lo que permitió a nuestro protagonista solicitar al Juzgado de Guadalajara el perdón de sus deudas, incluyendo la deuda pública y un plan de pagos para la parte “no exonerable” de la misma. Esto fue resuelto el pasado 10 de enero de 2023 por el tribunal concediendo el beneficio a los deudores.
No obstante, como suele pasar en estos casos, esta resolución obtuvo la oposición de la AEAT y el Ayuntamiento de Madrid por sus créditos en la exoneración, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo. Ante esto, la magistrada no se amedrentó y confirmó la cancelación de la deuda pública con las siguientes palabras:
“En definitiva, el TS incluye en el plan de pagos y en el BEPI el crédito público y resuelve de este modo que dicho crédito NO es inmune al mecanismo de segunda oportunidad. El crédito público se protege en el concurso con el plan de pagos que ha de aprobarse”
Qué ocurre después de obtener la cancelación de sus créditos
Una vez comprobados los requisitos y concedida la “segunda oportunidad” a los deudores, este matrimonio ha quedado libre de pagar 275.072,30 euros. Solo le quedará por pagar la parte recogida en el plan de pagos por la parte imposible de perdonar, un pago de 51,26 euros mensuales durante 60 meses.
Han sido más de 125 sentencias logradas por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento durante 2022. Un número cuyas previsiones para 2023 serán mayores dado las positivas modificaciones de la Ley de la Segunda Oportunidad. Todas los autos son de acceso gratuito en su web.